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25 Sep 2024, Wed


La Junta Central de Impuestos Directos (CBDT) ha notificado las reglas para el Esquema de Impuestos Directos Vivad Se Vishwas (VsV) 2024. Lanzado en 2020 para abordar las apelaciones fiscales pendientes al 31 de enero de 2020, su éxito llevó a la Ministra de Finanzas Nirmala Sitharaman a introducir la versión 2024 en el Presupuesto de la Unión para las disputas que surgieron después de esa fecha.

“El plan, que entrará en vigor a partir del 1 de octubre de 2024, tiene como objetivo resolver las disputas pendientes sobre el impuesto a la renta en virtud de la Ley de Finanzas de 2024”, afirma el contador público colegiado Suresh Surana, con sede en Mumbai.




Detalles del plan

El plan se aplica a las disputas pendientes al 22 de julio de 2024. Los contribuyentes con disputas pendientes sobre impuestos, intereses, multas o tarifas ante órganos de apelación, tribunales superiores o la Corte Suprema pueden acogerse a él.

Con este esquema, los contribuyentes pueden pagar el monto impositivo en disputa y resolver el caso rápidamente. “Aquí, se eliminan las multas y los intereses, se evitan futuros procesos judiciales y la disputa se resuelve sin sentar precedentes futuros”, afirma Pallav Pradyumn Narang, socio de CNK.




¿Qué no está cubierto?

Si bien el plan VsV 2024 se basa en gran medida en el VsV 2020, se excluyen algunos casos contemplados anteriormente. “El VsV 2020 incluía evaluaciones de búsqueda de hasta 50 millones de rupias, pero el VsV 2024 excluye por completo los casos de búsqueda”, afirma Kishore Kunal, abogado de la Corte Suprema.

Tampoco cubre los casos de arbitraje, conciliación o mediación, ni los casos en los que se haya emitido una orden de evaluación o apelación pero la fecha límite de apelación no haya vencido antes del 22 de julio de 2024. También se excluyen los casos de procedimiento de acuerdo mutuo. También se excluyen los ingresos o activos extranjeros no declarados o aquellos que impliquen un proceso judicial.

“Aunque estos casos no están cubiertos, los contribuyentes deben esperar más aclaraciones”, dice Kunal Savani, socio de Cyril Amarchand Mangaldas.




Calcula bien el tiempo

Según este plan, el monto de la liquidación varía según el momento del pago. Los contribuyentes que liquiden entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 deben pagar solo el impuesto en disputa, o el 25 por ciento del interés, la multa o la tarifa en disputa, mientras que quienes presenten su declaración después de esta fecha deben pagar el 110 por ciento del impuesto en disputa, o el 30 por ciento del interés, la multa o la tarifa. Si el departamento presentó una apelación, el monto se reduciría a la mitad.




¿Qué debes hacer?

Los casos más pequeños se pueden resolver a través de este esquema. “Los casos que involucran acciones de centavos, entrada a viviendas, préstamos sin garantía y compras fraudulentas se pueden resolver a través de este esquema, ahorrando tiempo y dinero”, dice Nikhil Kabra, socio de Ved Jain and Associates.

Evalúe la solidez de su caso antes de optar por este esquema. “Si tiene una base jurídica sólida, continúe con el litigio, especialmente si la cantidad en disputa es elevada”, dice Kabra.

Antes de optar por el plan, es necesario hacer un análisis de costes y beneficios. “Compare el coste de llegar a un acuerdo a través del plan con el de continuar con el litigio”, dice Narang.

Savani sugiere explorar otras opciones como los esquemas de resolución electrónica de disputas, que ofrecen métodos alternativos de resolución de disputas.

Revise su elegibilidad y presente su declaración con anticipación para beneficiarse de los montos de liquidación más bajos disponibles hasta el 31 de diciembre de 2024. No cumplir con esta fecha límite podría aumentar significativamente los costos.

Por último, asegúrese de que todos sus documentos fiscales se mantengan correctamente para que el proceso de solicitud y liquidación sea más sencillo.


Formularios utilizados en este esquema

Formulario-1: Aquí los contribuyentes proporcionan la información necesaria y se comprometen a resolver sus disputas.

Formulario 2: Este certificado lo emite la Autoridad Designada (DA) dentro de los 15 días posteriores a la recepción del Formulario 1. Indica el monto que el contribuyente debe pagar para resolver la disputa.

Formulario-3: A través de él, el contribuyente informa a la AD sobre el pago realizado.

Formulario 4: El fiscal emite una orden una vez que el contribuyente ha realizado el pago. Concluye el acuerdo y el caso no puede reabrirse en virtud de ningún otro procedimiento legal.

Fuente: CNK

Primera publicación: 25 de septiembre de 2024 | 19:51 IST



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